En la ley no hay impedimento para que una persona que no tiene experiencia o perfil para ocupar un cargo público sea contratada para el mismo. Este es el argumento de defensa de Russel Rubén Ruvalcaba Guerra, subdirector de Recursos Humanos del Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado (Siapa), para justificar la contratación de Elizabeth Margarita Castro Cárdenas como asesora técnica del director Antonio Juárez Trueba.
Al comparecer en el proceso que se sigue en su contra por este caso, el funcionario aclaró que él solo firmó el contrato como testigo, ya que entre sus atribuciones no está la contratación de personal; sin embargo, defendió la decisión.
El Órgano Interno de Control (OIC) del Siapa señaló como responsables de falta grave a tres funcionarios del Siapa: el director Antonio Juárez Trueba, Russel Rubén Ruvalcaba Guerra y el director de Administración, Carlos Alberto Patiño Velazquez, además de la propia Elizabeth Castro. Esto, porque la conductora del programa musical “Qué quiere la banda” fue contratada sin tener el perfil como asesora técnica, ya que solo concluyó la educación preparatoria; por ese puesto recibía un salario de 73 mil pesos mensuales.
En la declaración que presentó ante el Órgano Interno de Control del Siapa, Ruvalcaba Guerra señaló que él obró “de buena fe al ponderar los antecedentes académicos y laborales” de Elizabeth Castro. Agregó que su contratación “se realizó ponderando su experiencia en el servicio público, sin que mediara dolo alguno y mucho menos la intención de generar un beneficio a la misma o causar un daño al servicio público”.
Sin precisar cuáles son las tareas que se le encomendaron durante los tres meses que trabajó para el Siapa, dijo que a Castro Cárdenas “no se (le) contrató para que por su conducto directo o inmediato prestara por este organismo público el servicio básico y primordial objeto del mismo, sino para que la mencionada mujer realizara algunas funciones administrativas requeridas directamente por la dirección general del Siapa, órgano interno de este organismo público descentralizado, y necesaria e indirectas o secundarias para la prestación del servicio público (sic)”.
En la investigación que realizó el OIC del Siapa señala que Elizabeth Castro no tiene el perfil requerido en el manual de puestos emitido el 3 de octubre de 2020. Sobre este punto, Russel Rubén Ruvalcaba afirmó que ese documento “es una herramienta de orientación enunciativa más no limitativa en el proceso de selección de personal, máxime si se toma en consideración que los requisitos establecidos en dicho perfil se enuncian como ideales, esto significa cualidades, características y circunstancias que se consideran deseables en un individuo, más no obligatorias”.
El funcionario añadió que el hecho de que Elizabeth Castro “no contara con experiencia en hidráulica y/o en procesos de agua potable, de ninguna manera debe considerarse como un impedimento legal” para su contratación.
Sobre la necesidad de que la ahora ex funcionaria tuviera que tener un perfil relacionado con carreras como ingeniería o arquitectura, Rubén Ruvalcaba precisó que ese requisito se marca como “preferente”, lo que según la Real Academia Española de la Lengua (RAE) “es un adverbio que indica que algo se elige o se hace con prioridad sobre otras opciones, se usa para señalar la opción más deseable o la más adecuada, en una situación específica”, pero que eso no significa que sea “la única posible”.
Agregó que Castro Cárdenas fue contratada porque “en el ámbito de mis atribuciones es posible ponderar diversas competencias o facultades a las del perfil de puesto para los efectos de la contratación de personal”.
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