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Zapopan ni siquiera defendió terrenos

MUCHAS MÁS CASAS. El desarrollo inmobiliario que impulsa Casa Javer estaría ubicado a un costado del fraccionamiento Valle de los Molinos. (Foto: Archivo NTR/JAM)

El Ayuntamiento de Zapopan no hizo una defensa adecuada para evitar que el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) favoreciera la construcción de hasta 17 mil viviendas en la zona de Valle de los Molinos, impulsado por Casas Javer. Los magistrados de la Sala Superior ni siquiera entraron al fondo del asunto porque las autoridades municipales no presentaron a tiempo el recurso de impugnación contra la sentencia que emitió en primera instancia el ex magistrado Alberto Barba Gómez. 

Según lo señalado en la resolución emitida desde el 3 de abril de 2024, a la que El Diario NTR Guadalajara tuvo acceso, los magistrados resolvieron que era “innecesario entrar al estudio de los agravios formulados por la autoridad demandada en su recurso de apelación, toda vez que el señalado medio de impugnación es improcedente por extemporáneo”. 

La representación jurídica del Ayuntamiento de Zapopan en ese momento era del síndico municipal, cargo que era ocupado por Manuel Rodrigo Escoto Leal, quien además asumió la alcaldía cuando el presidente municipal Juan José Frangie Saade solicitó licencia para separarse del cargo 40 días, a partir de noviembre de 2023. 

Actualmente el funcionario es director general jurídico de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del estado. Aunque en su currículum público no lo menciona, Escoto Leal publicó en la red social LinkedIn que fue gerente general de la desarrolladora Tierra y Armonía de 2005 a 2010, y gerente legal de 2014 a 2015. Esta empresa pertenece a familiares del ex gobernador Enrique Alfaro Ramírez. 

En la resolución de la Sala Superior del TJA se señala que el Ayuntamiento de Zapopan presentó un recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva que se había dictado el 13 de diciembre de 2023 en el juicio 2061/2023. Dicha sala recibió el expediente en febrero de 2024, asignándole el número 608/2024. 

Los magistrados apuntaron que la apelación debía interponerse dentro de los cinco días siguientes a aquel en que surtiera efectos la notificación de la sentencia, lo cual ocurrió el 23 de enero de 2024, por lo que al día siguiente comenzó a correr el plazo para que el municipio se inconformara; sin embargo, quitando los días inhábiles el plazo venció el 30 de enero de 2024. 

En la misma resolución se menciona que el recurso de apelación que interpuso el Ayuntamiento de Zapopan fue ingresado en la Oficialía de Partes hasta el 6 de febrero, por lo que “el medio de defensa en cita fue presentado en forma extemporánea”, según resolvieron los magistrados Avelino Bravo Cacho, José Ramón Jiménez Gutiérrez y Fany Lorena Jiménez Aguirre. 

La demanda en este juicio fue presentada por los desarrolladores en contra del dictamen municipal que negó la factibilidad de los usos de suelo habitacional unifamiliar, de densidad alta, habitacional plurifamiliar de densidad alta y comercial y de servicios, además de la impugnación al plan parcial de desarrollo urbano respecto de la zonificación secundaria que afectaba su predio. 

En primera instancia, el ex magistrado Barba Gómez determinó que el desarrollo inmobiliario, que estaría ubicado a un costado del fraccionamiento Valle de los Molinos, sí es factible “sin rebasar la capacidad de los servicios básicos de la zona donde se localiza”, según el documento que puede consultarse en la página web del TJA. 

El documento agrega que, según los peritajes realizados, el predio “no es de conservación, por lo que en dicha zona sí es posible intensificar o aumentar la densidad establecida” para la construcción de vivienda y que “de realizarse una acción urbanística con los usos y destinos del suelo solicitados por la parte actora, no se estaría rebasando la capacidad de los servicios básicos de agua potable y de alcantarillado de la zona, aunado a que la zona cuenta con capacidad suficiente para el suministro de energía eléctrica y que, a su vez la capacidad de tránsito vehicular en la zona no tendría un impacto perjudicial notabilísimo”. También dice que el proyecto urbanístico es acorde al contexto urbano donde se localizan los predios en que se desarrollaría. 

En el documento de esta instancia se menciona que las objeciones del Ayuntamiento de Zapopan “no fueron opuestas oportunamente”, por lo que se declaró la inoperancia de las mismas. 

El hoy ex magistrado condenó al ayuntamiento a “emitir una nueva resolución en donde se determine la factibilidad del uso de suelo peticionado por la sociedad demandante, con los usos y destinos del suelo que fueron específicamente solicitadas”. 

Luego de que esa sentencia quedara firme ante la deficiente defensa del ayuntamiento, el 12 de agosto el diario Mural dio a conocer que Zapopan recibió una orden judicial de la Sexta Sala del TJA, presidida por Paloma Romana Magallanes de la Rosa, para que conceda el primer permiso para el desarrollo inmobiliario de 17 mil viviendas. En reacción, tanto Frangie Saade como el gobernador de Jalisco, Pablo Lemus Navarro, afirmaron que combatirán ese fallo para evitar la construcción de las viviendas.  

El Ayuntamiento de Zapopan no hizo una defensa adecuada para evitar que el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) favoreciera la construcción de hasta 17 mil viviendas en la zona de Valle de los Molinos, desarrollo impulsado por Casas Javer. Los magistrados de la Sala Superior ni siquiera entraron al fondo del asunto porque las autoridades municipales no presentaron a tiempo el recurso de impugnación contra la sentencia que emitió en primera instancia el ex magistrado Alberto Barba Gómez. 

Según lo señalado en la resolución emitida desde el 3 de abril de 2024, a la que El Diario NTR Guadalajara tuvo acceso, los magistrados resolvieron que era “innecesario entrar al estudio de los agravios formulados por la autoridad demandada en su recurso de apelación, toda vez que el señalado medio de impugnación es improcedente por extemporáneo”. 

La representación jurídica del Ayuntamiento de Zapopan en ese momento era del síndico municipal, cargo que era ocupado por Manuel Rodrigo Escoto Leal, quien además asumió la alcaldía cuando el presidente municipal Juan José Frangie Saade solicitó licencia para separarse del cargo 40 días, a partir de noviembre de 2023. 

Actualmente el funcionario es director general jurídico de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del estado. Aunque en su currículum público no lo menciona, Escoto Leal publicó en la red social LinkedIn que fue gerente general de la desarrolladora Tierra y Armonía de 2005 a 2010, y gerente legal de 2014 a 2015. Esta empresa pertenece a familiares del ex gobernador Enrique Alfaro Ramírez. 

En la resolución de la Sala Superior del TJA se señala que el Ayuntamiento de Zapopan presentó un recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva que se había dictado el 13 de diciembre de 2023 en el juicio 2061/2023. Dicha sala recibió el expediente en febrero de 2024, asignándole el número 608/2024. 

Los magistrados apuntaron que la apelación debía interponerse dentro de los cinco días siguientes a aquel en que surtiera efectos la notificación de la sentencia, lo cual ocurrió el 23 de enero de 2024, por lo que al día siguiente comenzó a correr el plazo para que el Municipio se inconformara; sin embargo, quitando los días inhábiles el plazo venció el 30 de enero de 2024. 

En la misma resolución se menciona que el recurso de apelación que interpuso el Ayuntamiento de Zapopan fue ingresado en la Oficialía de Partes hasta el 6 de febrero, por lo que “el medio de defensa en cita fue presentado en forma extemporánea”, según resolvieron los magistrados Avelino Bravo Cacho, José Ramón Jiménez Gutiérrez y Fany Lorena Jiménez Aguirre. 

La demanda en este juicio fue presentada por los desarrolladores en contra del dictamen municipal que negó la factibilidad de los usos de suelo habitacional unifamiliar, de densidad alta, habitacional plurifamiliar de densidad alta y comercial y de servicios, además de la impugnación al plan parcial de desarrollo urbano respecto de la zonificación secundaria que afectaba su predio. 

En primera instancia, el ex magistrado Barba Gómez determinó que el desarrollo inmobiliario, que estaría ubicado a un costado del fraccionamiento Valle de los Molinos, sí es factible “sin rebasar la capacidad de los servicios básicos de la zona donde se localiza”, según el documento que puede consultarse en la página web del TJA. 

El documento agrega que, según los peritajes realizados, el predio “no es de conservación, por lo que en dicha zona sí es posible intensificar o aumentar la densidad establecida” para la construcción de vivienda y que “de realizarse una acción urbanística con los usos y destinos del suelo solicitados por la parte actora, no se estaría rebasando la capacidad de los servicios básicos de agua potable y de alcantarillado de la zona, aunado a que la zona cuenta con capacidad suficiente para el suministro de energía eléctrica y que, a su vez la capacidad de tránsito vehicular en la zona no tendría un impacto perjudicial notabilísimo”. También dice que el proyecto urbanístico es acorde al contexto urbano donde se localizan los predios en que se desarrollaría. 

En el documento de esta instancia se menciona que las objeciones del Ayuntamiento de Zapopan “no fueron opuestas oportunamente”, por lo que se declaró la inoperancia de las mismas. 

El hoy ex magistrado condenó al ayuntamiento a “emitir una nueva resolución en donde se determine la factibilidad del uso de suelo peticionado por la sociedad demandante, con los usos y destinos del suelo que fueron específicamente solicitadas”. 

Luego de que esa sentencia quedara firme ante la deficiente defensa del ayuntamiento, el 12 de agosto el diario Mural dio a conocer que Zapopan recibió una orden judicial de la Sexta Sala del TJA, presidida por Paloma Romana Magallanes de la Rosa, para que conceda el primer permiso para el desarrollo inmobiliario de 17 mil viviendas. En reacción, tanto Frangie Saade como el gobernador de Jalisco, Pablo Lemus Navarro, afirmaron que combatirán ese fallo para evitar la construcción de las casas.

Demandante y defensora 

Renata Bañuelos Díaz, quien como directora de lo Contencioso y Amparo de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del estado se hará cargo de la defensa de Colomos III, no solo fue mencionada como abogada para “oír y recibir” notificaciones en otro de los juicios contra el aseguramiento de 12 hectáreas del bosque, sino que incluso fue nombrada apoderada legal. 

En entrevista para InformativoNTR Guadalajara, la funcionaria admitió que aparecía en una demanda que se presentó contra la decisión del gobierno del estado por el predio de Colomos III, presentada por el particular David de Anda; sin embargo, aseguró que es una práctica de todos los despachos jurídicos y que sólo se le mencionó para que pudiera “oír y recibir” notificaciones, sin que haya actuado en el juicio. 

Pero según el acta 12697, emitida por el notario Adrián Talamantes Lobato, actual magistrado estatal y ex consejero Jurídico en el gobierno de Enrique Alfaro Ramírez, de fecha 2 de marzo de 2017, David de Anda Chávez, Alfonso de Anda Chávez, David de Anda Garciarce y Eduardo de Anda Garciarce nombraron como sus apoderados legales a 11 abogados, entre quienes aparecen Renata Bañuelos y el ex consejero de la Judicatura Iván Novia Cruz. Sonia Serrano Íñiguez

jl/I