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Un México violento
Porque nos la quitaron
La inmunidad parlamentaria, también llamada fuero constitucional, es una figura legal que ha sido debatida durante mucho tiempo, esto en virtud de que originalmente fue pensada como un contrapeso democrático, pero que se ha convertido en la impunidad de delincuentes que en teoría deberían velar por los intereses del Estado.
El fuero tiene dos perspectivas de aplicación: la primera que es la inviolabilidad de las opiniones de las y los legisladores y otra que es la denominada inmunidad procesal, esta incluye a las y los funcionarios públicos mencionados en el artículo 111 de la Constitución, quienes no pueden ser detenidos ni sujetos a una acción penal sin una declaración previa por parte de la Cámara de Diputados.
En el caso del diputado federal por el partido Morena Cuauhtémoc Blanco, acusado por la Fiscalía de Morelos de tentativa de violación en contra de su media hermana Nidia Blanco, se confirma que el poder sigue en manos de los hombres; la protección que le otorgaron las y los legisladores al presunto responsable del delito no solo fue al no aprobar su desafuero, sino el arropamiento que mujeres diputadas le dieron con el grito “no estás solo”. Doloroso para el movimiento feminista que se utilice una consigna que utilizamos las feministas para acuerpar a otras mujeres. Así como el hecho de otorgarle el uso de la voz al agresor sexual sin que tenga esta misma oportunidad la víctima, lo que la pone en una situación de vulnerabilidad y de desigualdad.
Este acto reprobable puede repetirse de manera sistemática, ya que la lista de personas funcionarias federales y estatales con fuero están señalados en el artículo 111 de la Constitución. En total, ante esto es posible contar al menos 2 mil 785 personas: 704 a nivel federal y 2 mil 81 a nivel estatal. Esta estimación no considera al número de personas funcionarias locales que forman parte de organismos constitucionalmente autónomos, ni a las personas titulares de las fiscalías de las entidades federativas.
En teoría la inmunidad procesal no está pensada como una garantía de impunidad, ya que representa una pieza clave de la separación de poderes al evitar que el sistema de justicia sea utilizado contra alguna persona funcionaria pública que resulte incómoda a la persona titular del Ejecutivo. Sin embargo, como lo advertimos en el caso de Cuauhtémoc Blanco, el proceso actual ofrece espacios de discrecionalidad para detener acusaciones en contra de diputados acusados de delitos, lo más peligroso resulta cuando esta discrecionalidad se trate de delitos contra la libertad sexual en contra de mujeres y de la niñez.
Si bien es cierto se han presentado iniciativas que proponen la eliminación del fuero, también lo es que quienes gozan de este privilegio no votarán para renunciar a esta protección, por ello resulta necesario ajustar el proceso del desafuero y establecer un catálogo de delitos en los que no operaria esta inmunidad, incluyendo los delitos sexuales contra mujeres y niñez.
Quienes defendemos los derechos de las mujeres en todas sus esferas nos encontramos profundamente decepcionadas del actuar del legislativo federal, especialmente de las diputadas que traicionaron la agenda feminista en México.
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jl/I